El Gobierno publica el Decreto 8/2026 que prorroga hasta dos años los alquileres y limita al 2% las actualizaciones
- Ander Bilbao

- hace 3 días
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¿Qué medidas concretas regula el decreto?
1. Prórroga extraordinaria de alquileres:
- Los inquilinos pueden solicitar una extensión de hasta 2 años cuando su contrato esté próximo a vencer.
- El propietario debe aceptarla, salvo que necesite la vivienda para uso propio o de un familiar directo (y pueda acreditarlo).
2. Límite del 2% a la actualización anual:
- La actualización de la renta no puede superar el 2%, incluso si el contrato usa el IPC como referencia.
- Este tope busca evitar subidas bruscas en un contexto de inflación elevada.
3. Objetivo de la medida:
- Proteger a los inquilinos ante la tensión del mercado del alquiler.
- Dar estabilidad temporal mientras se desarrollan políticas estructurales de vivienda.
¿Qué significa esto para quienes viven en zonas tensionadas?
En estas áreas, ya estaban vigentes medidas más estrictas bajo la Ley de Vivienda. Por eso, el nuevo decreto actúa más como complemento que como cambio estructural.
✔️ Prórroga extraordinaria. La Ley de Vivienda ya permite una prórroga de hasta 3 años, más amplia que la nueva prórroga estatal de 2 años.
➡️ En zonas tensionadas sigue aplicando la prórroga de 3 años.
✔️ Límite a la actualización anual. El tope del 2% se mantiene como límite máximo.
➡️ En zonas tensionadas, si el índice de referencia marca un límite inferior, prevalece el más restrictivo.
✔️ Control del precio inicial. Se mantiene el control del precio de entrada según el índice de referencia aplicable.
➡️ El decreto no modifica este punto.
En resumen, el decreto refuerza la protección general, pero en zonas tensionadas la regulación ya era más exigente. Para inquilinos y propietarios, esto significa un marco más estable y predecible, especialmente en mercados con alta presión de demanda.
Los limites aplicables son los siguientes:
En las zonas tensionadas, este nuevo decreto no cambia las reglas principales, porque allí ya existe un régimen propio más estricto: la prórroga aplicable es la de la Ley de Vivienda (hasta 3 años) y los límites de precio y actualizaciones ya estaban regulados. El decreto solo actúa como “suelo mínimo” para el resto del país.
La siguiente tabla resume las actuales limitaciones en el mercado del alquiler:

Te dejamos el link al Decreto:
Si eres inquilino/a o propietario/a y tienes dudas sobre cómo aplicar esta nueva regulación a tu contrato, ponte en contacto con nosotros.




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